Latigazo cervical.

El latigazo vertical es una de las consecuencias más comunes de un accidente de tráfico. Para solicitar una indemnización es necesario seguir una serie de pasos.

Es una de las consecuencias más habituales tras sufrir un accidente de tráfico: el latigazo cervical, una lesión que surge por la hiperextensión o hiperflexión brusca del cuello producida por el golpe y que afecta a músculos, nervios tendones e incluso discos, lo cual puede derivar en afecciones más graves como las hernias discales.

La sintomatología puede ser variada según cada persona: desde fuertes  cervicalgias, dolores de espalda, mareos, vómitos o rigidez en la zona hasta, calambres, hormigueo en brazos o parestesias en manos o dedos por no mencionar la irritabilidad, depresión o estrés postraumático. Sin embargo, no suelen aparecer de forma inmediata sino más bien con el transcurso de las horas por lo que es importante acudir inmediatamente al centro sanitario para poder lograr una indemnización lo más justa posible.

Suele tener en cuenta por un lado los días de curación, es decir, el total de días de sanidad que transcurre entre el accidente y el alta médica. En este sentido puede tratarse de un perjuicio muy grave, ya que se pierde temporalmente la autonomía personal total, grave (si es una pérdida parcial), moderado (que impide el desarrollo de la actividad laboral) o básico.

Otro aspecto importante tiene que ver con las secuelas que pueden ser físicas pero también intelectuales, orgánicas, sensoriales y estéticas, las cuales vienen recogidas en un baremo que establece una puntuación que, según la intensidad, sirve de guía al médico experto a la hora de determinar la indemnización en función de su correspondencia con el baremo económico correspondiente.

Y, finalmente, se hace un estudio del perjuicio patrimonial del esguince cervical, es decir, del daño emergente (gastos de asistencia sanitaria, farmacéuticos…etc) y del lucro cesante (pérdida o disminución de ingresos por trabajo personal a causa del período de curación).

Conviene prestar especial atención en este apartado a los posibles fraudes que pueden cometerse por parte de la persona lesionada (que finge el esguince con la intención de obtener un resarcimiento económico) como a las, en ocasiones, extremas exigencias por parte de las compañías aseguradoras que temen ser objeto de estafa. Desde alegaciones de falta de nexo causal, rupturas de criterio cronológico (síntomas que no se manifiestan dentro de las 72 horas posteriores al accidente) hasta la negación de la existencia de secuelas. Todas ellas situaciones problemáticas que dejan en evidencia un conflicto de intereses que exige la intervención legal profesional para encontrar la solución más ventajosa. 

 Fuente: Togas.biz.

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