Similitudes entre matrimonio y pareja de hecho

Una de las preguntas más frecuentes que suelen exponernos nuestros clientes es la diferencia entre matrimonio y pareja de hecho. Hoy vamos a abordar este tema desde nuestro blog.

Similitudes con el matrimonio:

  1. Con hijos en común:  Es independiente que exista  vínculo matrimonial o no, por lo que los derechos y obligaciones frente a los hijos son equiparables al matrimonio.
  2. Fallecimiento de un miembro de la pareja:  Si no hay testamento se deberá acudir a cada legislación autonómica específica, si bien casi todas ellas las equiparan a los derechos hereditarios que tiene el cónyuge (matrimonio)
  3. Pensión de viudedad: Siempre que se cumplan determinados requisitos como el tiempo de convivencia e ingresos, se puede tener derecho a cobrar la pensión de viudedad.

Diferencias con el matrimonio:

  1. A nivel fiscal, los miembros de la pareja de hecho no pueden presentar la declaración de la renta conjunta
  2. Pensión compensatoria y pensión de alimentos: En caso de ruptura, se deberá estar a la regulación específica de cada Comunidad Autónoma, ya que algunas de ellas sí que regulan expresamente este derecho en el caso de que exista un desequilibrio económico.
  3. No existe un régimen económico matrimonial, por lo que no resulta de aplicación ni el régimen de separación de bienes ni gananciales.

Y recuerda que si tienes cualquier tipo de duda puedes ponerte en contacto con nuestros profesionales que te atenderrán encantados.

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