Régimen de gananciales o separación de bienes, ¿cuál es la mejor opción?

Hablar de dinero y de propiedades cuesta mucho. Es complicado. Sobre todo cuando las parejas han tomado la decisión de casarse y están en ese momento de “plena felicidad”. Muchas parejas pueden pensar que es como una prueba de desconfianza de la viabilidad de la futura unión.

La elección de un régimen u otro puede, por lo tanto, destacar el futuro de cada uno de los cónyuges, favoreciendo y perjudicando a unos y a otros.

En la sociedad de gananciales, cada uno de los cónyuges es propietario del 50 por ciento de las ganancias o beneficios que obtengan a partir del momento de contraer de matrimonio.

Empieza a contar desde el momento de contraer de matrimonio. Lo que tuvieran antes de ese momento, así como las herencias o donaciones que se puedan recibir tras la boda, tanto uno como otro, no forman parte de esa sociedad de gananciales, sería propiedad individual del beneficiado.

En la separación de bienes, por el contrario, cada cónyuge mantiene su patrimonio de forma independiente y esto se extiende también a los bienes que se adquieran desde el momento en que se produce el matrimonio. Si, por ejemplo, se compra una casa, cada uno será propietario en función del dinero aportado.

En el caso, de que se opté por el régimen de separación de bienes es necesario otorgar capitulaciones matrimoniales, que serán recogidas en una escritura pública ante notario. Se puede realizar antes de la boda. Dicha escritura debe ser presentada en el Registro Civil en el momento de hacer la inscripción del matrimonio, para que quede constancia de la misma.

Elegir un modelo u otro, depende de muchos factores pero antes de decidir hay que conocer bien las dos modalidades y conocerlas y tener en cuenta que se aplican tanto por el lado positivo como por el lado negativo.

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