Redes sociales y orden de alejamiento.

Cuando se habla de una orden de alejamiento se habla de una pena que imposibilita al condenado acercarse de ninguna manera al denunciante o de mantener encuentros de ningún tipo con el perjudicado en el lugar de residencia, trabajo o cualquier otro espacio de forma intencionada o “aparentemente” casual. Pero esta prohibición no sólo pretende evitar el contacto físico sino que va más allá y entiende que comunicarse por cualquier otra vía, aun si no implica la presencia material, también constituye una violación de la condena.

Esto significa que el concepto de comunicación es mucho más amplio que el meramente personal y que contempla el uso de recursos como el correo ordinario o electrónico, las redes sociales u otras alternativas digitales. En consecuencia, un simple “Me gusta” o “Like” o el comentario a una foto del titular, en cuanto van dirigidos al perfil privado de la persona, se consideran un quebrantamiento del correctivo impuesto. 

Esto se debe a que las víctimas no sienten temor únicamente por la presencia física del condenado sino también por cualquier aparición, de la índole que sea, en sus vidas. Hasta el más simple “¿Cómo estás?”, que de por sí no constituye un acto delictivo, puede resultar inquietante cuando se han experimentado situaciones violentas e intimidatorias previas. Y es que, no hay que olvidar, que se trata de comunicaciones aparentemente banales pero que se realizan con la intención de mantener el estado de miedo o temor en la víctima.

Para fortalecer aún más la protección legal, el art. 48.3 CP amplía la prohibición de contacto con los familiares o allegados que determine el Juez. Esto significa que el penado tampoco puede establecer contacto con ellos ni a nivel escrito, ni verbal o visual ni, por supuesto, por medios telemáticos o informáticos como son las plataformas sociales. Es decir, todo contacto, de todo tipo, directo o indirecto, por una vía o por otra, queda terminantemente prohibido por Ley en este tipo de condenas.

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Fuente: mundo jurídico, togas, tuabogadodefensor

 

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