Citación judicial.

Se trata de una notificación oficial realizada por un juzgado y referente a una persona en concreto a la que se le convoca en una fecha determinada a una hora concreta. Y puede referirse tanto a un perito, querellante, demandante o testigo. Pero también puede ser una citación en calidad de investigado de un proceso penal, algo que genera, por lo pronto, ansiedad ya que indica que existe la sospecha de que la persona ha cometido o ha sido partícipe en la comisión de un delito.

Esta comunicación oficial debe incluir datos imprescindibles como el juzgado que emite la citación, resolución por la cual se ha realizado, datos personales del sujeto investigado, fecha o motivo, entre otros. Además de señalar las consecuencias judiciales que resultarán si no se atiende  al llamamiento.

Puede suceder que la citación llegue al domicilio de la persona cuando ésta no se encuentra en casa. En ese caso, cualquier residente en el domicilio o vecino (mayor de 14 años) tiene la obligación de notificar la recepción de la notificación o pueden ser multados. Si, por otro lado, la persona carece de un domicilio registrado, el juez debe poner en marcha todos los recursos necesarios para hacerle llegar la citación.

El investigado, llegado el día y la hora señaladas en el documento, deberá prestar declaración en relación a un delito. Tendrá derecho a no confesarse culpable, a no declarar contra sí mismo y a aportar todo tipo de pruebas para probar su inocencia. De igual forma, tendrá derecho a contratar su propio abogado o a disponer de uno de oficio. En este sentido, si bien en los delitos leves no existe obligatoriedad de personarse junto a un letrado, es altamente recomendable hacerlo ya que el profesional podrá adoptar una estrategia de defensa adecuada. En el caso de delitos que conllevan la apertura de un procedimiento abreviado u ordinario, no sólo es obligatorio presentarse con un abogado que ejerza la defensa judicial del acusado, sino también de un procurador que se haga responsable de su representación judicial.

Si, por cualquier motivo, el investigado no acude a la cita, las consecuencias variarán en función del tipo de delito por el que se le está inquiriendo. Esto significa, que puede tratarse desde una multa de entre 200€ y 5.000€ hasta la consideración de delito de obstrucción y aplicación de una orden de detención.  Todo ello siempre y cuando el investigado no pueda alegar una razón que justifique su incomparecencia (problema de salud grave, muerte de un familiar, etc.). Sin embargo, su ausencia no conlleva, en ningún caso, la celebración del juicio y la emisión de una sentencia que le declare culpable o, lo que es menos probable, inocente. Al fin y al cabo, resulta difícil que un sujeto que no se presenta al proceso por el que se juzga un delito del que se le acusa acabe no siendo declarado culpable al no ejercer su derecho a la legítima defensa.

En otras palabras, una citación judicial puede bien considerarse un requerimiento por el cual se facilita el derecho a la legítima defensa al investigado por un proceso penal. Gracias a ella, puede acudir a un juzgado, recibir asesoramiento legal, prestar declaración dando su versión y aportar todas las pruebas que estime oportunas para demostrar su inocencia.

No obstante, para la resolución de cualquier duda jurídica relacionada con este tema o cualquier otro, el equipo profesional de AGOTE ABOGADOS queda a su entera disposición. Confidencialidad absoluta y respuestas claras en cada consulta.

Fuente: G. Elías y Muñoz.

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