¿Y si se busca la reconciliación?

En ocasiones sucede que, tras la ruptura de un matrimonio y la formalización del divorcio, las parejas se reencuentran y recuperan ciertos sentimientos que llevan a una reconciliación familiar. Una situación perfectamente comprensible pero que necesita una regularización adecuada para poder comenzar de nuevo con paso firme. 

Este proceso se regula por el artículo 84 del Código Civil e invalida el efecto de separación o divorcio que haya tenido con anterioridad siempre y cuando se ponga en conocimiento del juez.  Suele suceder cuando ambas partes logran asumir sus propios errores y aceptar los ajenos adoptando una actitud de madurez y serenidad que les permite reconducir la relación. O bien, precisamente a causa de la distancia provocada por la ruptura, comienzan a valorar todo aquello que se daba, simplemente, por supuesto.

Lo que resulta inamovible es el divorcio, es decir, que si se retoma la relación después de haberse producido no podrá ser invalidado por lo que la única forma de regularizar ese nuevo estado de la relación será mediante el matrimonio. No obstante, cuando esta reconciliación ocurre antes de la emisión de la sentencia de separación, el juez únicamente paralizará los procedimientos burocráticos. De producirse después, habrá que recurrir al siguiente protocolo de actuación:

  1. El escrito informativo: se presenta en primer lugar un escrito oficial en el mismo juzgado que tramitó la separación.
  2. La ratificación: posteriormente, el juez cita a ambas partes para ratificar lo que en el escrito se ha reflejado.
  3. El auto judicial: el mismo juez, mediante auto, invalidará la anterior sentencia de separación, a no ser que encuentre algún motivo de peso para no hacerlo. 

No obstante, para la resolución de cualquier duda jurídica relacionada con este tema o cualquier otro, el equipo profesional de AGOTE ABOGADOS queda a su entera disposición. Confidencialidad absoluta y respuestas claras en cada consulta.

Fuente: Aapabogado/ Derechofamilia/ Mundojurídico/ 

 

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