Problemas en las herencias.

La reacción más natural al saber que se recibe una herencia es sentir alegría por los bienes que se van a heredar. Pero no siempre son beneficios los que se derivan de este acontecimiento legal. De hecho suelen surgir problemas que causan incomodidad y tensión. 

El primero y quizá más habitual es el conflicto entre herederos y que surge cuando no se está de acuerdo con el testamento que el fallecido ha dejado o, en un momento posterior, con el reparto o valor de la herencia. Bien porque se considera que el testamento ha sido formulado bajo coacciones o engaños, porque el reparto no se hace de manera correcta, porque aparecen nuevos herederos legítimos o el documento no es claro… En definitiva, surgen desacuerdos en la repartición.

Ante este tipo de situaciones lo más recomendable es recurrir a la mediación hereditaria,  una de las vías más económicas, rápida y satisfactoria. No solo ayuda a los herederos a comprender las ventajas de llegar a un acuerdo y de no tener que recurrir a la vía judicial sino que incluso mejora las relaciones familiares y supone un gran ahorro. Otra opción es el nombrar un contador-partidor, quien podrá resolver la controversia de forma objetiva y tendrá la difícil tarea de distribuir inventariar y valorar los bienes, así como saldar las deudas de la herencia, dividir la herencia y adjudicar los bienes a los herederos.

 

Otro problema suele surgir ante  las deudas del patrimonio del fallecido. que pueden suponer un desembolso de dinero que no se tiene, por lo que existe la posibilidad o bien de aceptar la herencia  a beneficio de inventario (primero se cubren las deudas y después se accede a los bienes heredados)  o simplemente se renuncia a la herencia (se rechazan tanto los bienes como las deudas).

Igualmente las discusiones hacen acto de presencia ante la desheredación, es decir, cuando el testador priva a un heredero forzoso de recibir lo que por derecho le corresponde (la legítima). Esto solamente puede hacerse por testamento y basándose en alguna de las causas legalmente establecidas. Si la desheredación se realiza y no se expresa su causa, no se prueba la misma o es distinta de las que se establecen legalmente, puede ser anulada por los tribunales.

 

En este punto, conviene recordar que, a excepción de las cargas y los gastos deducibles, todo tributa. Por este motivo resulta imprescindible saber qué se puede  deducir en el valor total de impuestos que se deben pagar. Este valor se calcula en relación a todo lo que se hereda, así que eliminar estos gastos siempre puede resultar de gran ayuda. Hay que tener en cuenta que existen particularidades que dependen de cada comunidad autónoma y de la escala de parentesco que habrá que considerar en cada caso.

Por último, pero no por ello menos frecuente, puede darse  una situación de desconocimiento del paradero de uno o más herederos, algo que constituye un obstáculo  ya que el Código Civil exige que todos los herederos manifiesten su consentimiento de aceptación o rechazo de la herencia en cuestión. Por este motivo, la imposibilidad de localizar a uno solo de ellos  puede paralizar todo el proceso.

Es decir, dado que son variados los distintos problemas que pueden surgir en lo que se refiere a herencias, lo más recomendable, es recurrir al asesoramiento de expertos profesionales capaces de hallar vías exitosas para su resolución. Por este motivo, para la resolución de cualquier duda jurídica relacionada con este tema (o cualquier otro), el equipo profesional de AGOTE ABOGADOS queda a su entera disposición. Confidencialidad absoluta y respuestas claras en cada consulta.

Fuente: grupohereda

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