Prisión preventiva indebida.

Opciones para resarcir el ingreso en prisión o prisión preventiva indebida.

Puede ocurrir, y ocurre, que una persona se vea obligada por ley a cumplir una medida cautelar de prisión preventiva y que, posteriormente, se determine su absolución o sobreseimiento libre. La pregunta que surge a continuación es si, ese derecho fundamental a la libertad que se ha visto completamente mermado tiene alguna posibilidad de ser, al menos, reconocido con algún tipo de compensación económica. Es decir, ¿es indemnizable la prisión preventiva indebida?

Hasta no hace mucho, la legislación respondía con una negativa ya que sólo permitía este tipo de resarcimiento a quienes, tras ser encarcelados injustamente, fuesen absueltos por no haber tenido relación alguna con el delito imputado y siempre y cuando no hubiese existido delito. Un criterio que dejaba al margen de toda consideración a quienes recibían la absolución por razones ajenas a la inexistencia del hecho imputado.

Sin embargo, desde la Sentencia del Tribunal Constitucional de 19 de junio de 2019, que declara inconstitucionales dos incisos del artículo 294.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se suprime esta distinción. Así todas las personas que sufran una situación de prisión preventiva indebida, tendrán pleno derecho percibir una compensación, por parte de la Administración de Justicia, por los daños y perjuicios consecuencia de la restricción de su libertad.

Para solicitar este trámite se cuenta con un plazo genérico de un año desde la firmeza de la resolución y con una plataforma online (www.indemnizacionpresospreventivos.es) que permite agilizar notablemente estas reclamaciones. A la hora de determinar la cuantía de la indemnización para los presos preventivos absueltos se valoran aspectos como la calidad de la estancia en prisión según las dolencias físicas y mentales del interno, la pérdida del trabajo o de la casa, el impacto sobre personas en el exterior a su cargo y la familia, la existencia de limitaciones geográficas para recibir visitas por la lejanía del centro penitenciario…etc. Consideraciones que han llegado a favorecer indemnizaciones que oscilan desde los 40 a los 300 euros diarios. 

¿Surgen preguntas? Para la resolución de cualquier duda jurídica relacionada con este tema o cualquier otro, el equipo profesional de AGOTE ABOGADOS queda a su entera disposición.

Confidencialidad absoluta y respuestas claras en cada consulta.

Fuente:  mundojurídico/saguéabogadospenalistas

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