Delito de alcoholemia.

Regulado por el artículo 379.2 del Código Penal este delito implica una tasa superior a los 0.60 mg por litro en aire espirado pero puede también ser imputado sin llegar a este límite legal en un accidente de tráfico. Y podría derivar en una condena penal.

La realización del control consta de dos tests (el segundo más preciso) que tiene por objeto medir la impregnación de alcohol del conductor. Aparte de los tickets del etilómetro, el fiscal y el juez también tienen en cuenta la sintomatología del mismo, es decir, si presentaba rojeces en la cara, halitosis, habla pastosa, discurso incoherente…etc. Ambos factores podrán conducir, o no, a la imposición de una pena de mayor o menor peso: desde la retirada del carnet por un período de entre 1 y 4 años hasta la cárcel, trabajos comunitarios o una multa. 

Serán las circunstancias reflejadas en el atestado policial las que determinen el castigo que debe imponerse. Si se trata de una primera ocasión y la tasa de alcohol no es elevada la sentencia puede limitarse a no más de 12 meses sin permiso de conducir. Pero si se demuestra un grado de alcoholemia alto pueden pedir hasta dos años de retirada de carnet lo cual implica la necesidad de volver a realizar el examen en la debida autoescuela.

Sin embargo, cuando existen antecedentes penales y se imputa un delito de alcoholemia, el juez y el fiscal suelen disponer de un amplio repertorio de recursos para lograr la  privación de libertad. Algo que no exige la comisión de un atropello ya que se considera la reincidencia razón más que suficiente para proceder a solicitar la cárcel.

Para iniciar un juicio rápido es necesario que se trate de un delito flagrante, esto es que el delincuente ha sido atrapado mientras perpetraba la acción delictiva; en el que se han cometido lesiones, amenazas, coacciones, violencia física o psíquica habitual, hurtos, robos, daños contra la seguridad del tráfico, la salud pública o la propiedad intelectual e industrial; y que parta de un atestado policial. Cabe mencionar que la administración premia el reconocimiento del delito con una rebaja de condena, una admisión que conviene valorar con detenimiento ya que si el grado de alcohol no es alto es bastante posible lograr la absolución en el juicio penal.

Otra recomendación importante es no negarse nunca a realizar las pruebas de alcoholemia ya que la situación solo puede empeorar. Esta negativa está además tipificada como delito y recibe un peso punitivo mayor que el hecho de dar positivo. De hecho, si esto último puede conllevar como máximo 6 meses de prisión, refutarse a realizar los tests puede suponer de 6 meses a 1 año de cárcel además de la retirada del permiso de 1 a 4 años.

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